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estructuras sismo resistentes: Legal

Legal



A finales de los años 70 ya la AIS había aportado a la ingeniería del país, 
divulgando las principales normativas sismorresistentes disponibles a nivel
 internacional. En 1978, después de haber publicado el código de la SEAOC,
 publicó el código ATC-3-06 también por primer vez en el mundo en español, 
convirtiéndose en un documento de especial interés no sólo para la ingeniería
 colombiana sino para los países de América Latina en general.
Este documento, que diez años después se convertiría en la normativa adoptada
 como el código modelo para California (UBC-1988), fue conocido oportunamente
 en Colombia a través de decenas de conferencias que la AIS con la SCI 
promovieron, facilitando que posteriormente este primer documento se
convirtiera en la base para el desarrollo del primer código de construcciones
 adoptado por ley en el país.
Se incluyó dentro de las normas de construcción sismo resistente colombianas (A.1.1) la Ley 1229 de 2008, la cual modificó la Ley 400 de 1997. • En el temario del Reglamento (A.1.2.1 — Temario) se incluyeron como tema nuevo en el Título G las
Estructuras de Guadua por solicitud del Presidente de la República y del Ministro de AVDT.• Se modificó la sección  A.1.3.4 — Diseño estructural de tal manera que sea claro que incluye las
edificaciones nuevas y las edificaciones existentes. Los pasos indicados en esta sección se ajustaron y aclararon.
• En A.1.3.10 — Edificaciones indispensables, se incluyeron algunas edificaciones del Grupo de Uso IIIdentro de las edificaciones, además de las del Grupo de Uso IV, que deben cumplir con los requisitos de erificación para el umbral de daño del Capítulo A.12.  Los requisitos de la sección A.1.3.12 — Aspectos fundamentales de diseño, fueron actualizados, aclarados y coordinados con las otras secciones del Reglamento. • Se incluyó una nueva sección  A.1.3.13 — Construcción responsable mbientalmente responsable, tal como lo solicitó el Sr. Ministro de AVDT en la reunión que tuvo con la Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones Sismo Resistentes.  Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo TerritorialViceministerio de Vivienda y Desarrollo Territorial
Dirección del Sistema Habitacional República de Colombia COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES (Creada por la Ley 400 de 1997) 3 Secretaría de la Comisión:
 Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica
Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827
• En A.1.3.6.5 se aclara la responsabilidad del constructor que firma la solicitud de licencia de construcción
en cumplir los diseños y calidades de los materiales a utilizar en los elementos no estructurales.
• En A.1.7 — Sistema de unidades, se quitó la referencia a los Títulos que permanecían en sistema métrico
mks, pues la totalidad del  Reglamento NSR-10 está en sistema internacional de medidas SI como
exige la legislación colombiana (Decreto 1731 de 18 de Septiembre de 1967).
Capitulo A.2 — Zonas de amenaza sísmica y movimientos sísmicos de diseño
• Los movimientos sísmicos de diseño definidos en A.2.2 — Movimientos sísmicos de diseño, se
mantienen en el mismo nivel de probabilidad de excedencia (una probabilidad de excedencia
de 10% en un lapso de cincuenta años) paro ahora se definen por medio de dos parámetros,
Aa y  Av, a diferencia del Reglamento NSR-98 donde solo se definían por medio del
parámetro  Aa. La razón para este cambio es una mejor descripción de los efectos de
atenuación de las ondas sísmicas en el territorio nacional tal como se ha establecido a través
de los registros acelerográficos obtenidos en sismos fuertes con posterioridad a la última
actualización de la NSR en 1998. El parámetro Aa caracteriza los movimientos sísmicos del 
terreno causados por sismo relativamente cercanos en el rango de períodos de vibración de 
las edificaciones comprendido entre 0.1 y 0.5 s lo cual corresponde en el general a
edificaciones entre uno y cinco pisos de altura. El parámetro Av caracteriza los movimientos 
sísmicos de sismos fuertes ocurridos a distancia moderadas a través de períodos de
vibración de aproximadamente 1 s, lo cual corresponde a edificaciones de 10 pisos o más.
• La definición de las zonas de amenaza sísmica se mantiene igual a la definición del Reglamento
NSR-98, solo que en esta versión se utiliza para caracterizarlas el mayor valor de Aa y Av a
diferencia del NSR-98 donde se caracterizaba únicamente con Aa.

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